La Jurisdicción Voluntaria no está encomendada solamente a los órganos titulares de la jurisdicción (los Tribunales), sino a otros funcionarios públicos: Notarios, Registradores, Cónsules y otros encargados de Registros públicos. Así pues, hay dos tipos de actos o negocios de Jurisdicción Voluntaria: los encomendados a los Jueces, y los encomendados a órganos no judiciales. La Ley de Enjuiciamiento Civil de